miércoles, 8 de octubre de 2014

Modalidades

Modalidades
Las modalidades de los actos jurídicos son limitaciones del acto, ya sean en cuanto al tiempo de su nacimiento, a su extinción o al modo de realizarlo. Ejemplo:
Lorena se compromete a sacar buenas calificaciones, pero solo si sus papás le regalan un teléfono nuevo.
Existen tres modalidades que son:
1.-Condición
2.-Término
3.-Cargo
Condición: Es el acontecimiento futuro y de realización incierta, del cual depende el nacimiento o la resolución de los efectos de un acto jurídico. Ejemplo:
Te pagaré lo que te debo, si me va bien en el trabajo.
Condición suspensiva: Acontecimientos futuros e inciertos, los efectos del acto no existen en tanto ella no se cumple. Ejemplo:
En el ejemplo anterior, se puede expresar que no estoy obligado a pagarte lo que te debo, en tanto no me vaya bien en el trabajo.
Condición resolutoria: Al realizarse se resuelven los efectos del acto, volviendo las cosas al estado que tenían antes de la celebración del mismo, como si nunca hubiese existido. Ejemplo:
Te prestaré mi calculadora desde este momento hasta finalizar la clase de contabilidad.
Término: Acontecimiento futuro e inevitable del cual depende el principio o extinción de los efectos del acto jurídico. Ejemplo:
Juan le firma un contrato a Bianca para entregarle un terreno en abril, por tanto Juan está obligado a entregar dicho terreno llegada la fecha estipulada, el acreedor podrá exigir su terreno y el deudor deberá cumplir.
Término suspensivo: Acontecimiento futuro e inevitable, mientras el término no llega los efectos del acto no se realizan. Ejemplo:
Cuando se compra a crédito un producto en una tienda, los cobradores no pueden cobrar antes de la fecha de pago, que se fijó al momento de que el cliente compró el producto.
Término extintivo: Acontecimiento futuro e inevitable que pone fin a los efectos del acto. Ejemplo:
La contratación de servicio de banquetes, para una fiesta de graduación.
Cargo: La obligación es con cargo, cuando se exige el cumplimiento de una obligación excepcional al adquirente de un derecho. Ejemplo:
Te dono un terreno, siempre que en él construyas una escuela.



Bibliografía:
Gutiérrez, E. (1997). Derecho de las obligaciones. México, Porrúa
Reyes S. (1993).Teoría General de las Obligaciones. México, Porrúa.



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